La Biblioteca Nacional de España tiene como misión reunir, preservar y difundir el patrimonio bibliográfico, artístico, musical, audiovisual y digital producido en España y el generado sobre la cultura española. Para la consecución de estos fines, la Biblioteca, consciente de la importancia de la formación de jóvenes profesionales como pilar fundamental para el desarrollo en el ámbito bibliotecario, ha aprobado un programa de ayudas destinadas a la formación, la especialización, el perfeccionamiento y la investigación destinadas a titulados universitarios.
El objeto de esta resolución es convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, 42 becas destinadas a los titulados universitarios que posteriormente se indicará. Las 42 becas se clasifican en cinco modalidades y a cada una de estas se les exige, además de los requisitos generales, unos requisitos específicos.
Las modalidades, recogidas en el Anexo I, son:
- Modalidad A. Becas de biblioteconomía y documentación (32 becas). Destino de los becarios, DT/DPSD/GERENCIA
- Modalidad B. Becas de restauración y conservación de fondos bibliográficos y documentales (2 becas). Destino de los becarios, DT.
- Modalidad C. Beca de diseño gráfico (1 beca). Destino del becario, DPSD.
- Modalidad D. Beca de tecnologías de la información (1 beca). Destino del becario, DPSD.
- Modalidad E. Becas de Gestión Cultural. (6 becas). Destino de los becarios, DC
El periodo de disfrute de las becas será desde el 1 de junio de 2025, o desde la fecha que se indique en la Resolución de concesión, si se otorgaran con posterioridad, y su duración será de 12 meses.
Cada solicitante sólo podrá presentarse a una modalidad de beca. En el caso de que la modalidad elegida tenga varias especialidades, solo podrá solicitar una de ellas.
Las solicitudes deberán presentarse con la documentación completa que se detalla a continuación: (Ver convocatoria).
Presentación de solicitudes: (ver convocatoria).
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Los requisitos son:
- a) Poseer la nacionalidad española.
- b) También podrán solicitar la beca las personas que posean la nacionalidad de algún Estado miembro de la Unión Europea o sea cónyuge de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, podrán participar los descendientes de cualquiera de los anteriores que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. En todos los casos mencionados en este párrafo se deberá acreditar un perfecto dominio –hablado y escrito- del idioma español, equivalente al nivel C1 del marco común Europeo de Referencia para las Lenguas.
- c) Poseer alguna de las titulaciones exigidas en cada una de las modalidades del Anexo I (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales), expedida por universidades españolas, o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Universidades, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- d) Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título de grado, licenciado o diplomado en el año 2015 o con posterioridad.
- e) No haber disfrutado de esta beca en convocatorias anteriores.
- f) No padecer enfermedad que impida el desarrollo de las actividades y obligaciones objeto de la beca.
- g) No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo: 9 de enero