El Programa de Becas de Excelencia Rafael del Pino tiene como objetivo contribuir a la formación de los dirigentes españoles, al fomento del espíritu y la actividad emprendedora en España y a la investigación y difusión del conocimiento.
Con estos fines, la Fundación convoca, desde el año 2001, un conjunto de becas para titulados superiores españoles destinadas a la ampliación de sus estudios, exclusivamente presenciales y a tiempo completo (que incluye la posibilidad de ejercer la docencia) en Universidades y Centros de investigación de primer nivel mundial.
El nivel de los estudios a cursar es de postgrado, es decir, máster (excluidos máster de grado) y doctorados cuyo disfrute se iniciará durante el curso 2025-2026 o 2026- 2027.
El solicitante se obliga a demostrar de forma fehaciente cada cuatrimestre que está dentro del primer 25% de su promoción. Los Becarios de Excelencia Rafael del Pino son incluidos en las listas de mejores alumnos (Dean’s List, President’s List …) en sus centros de formación e investigación de destino. En la presente edición del programa se convocan 10 Becas de Excelencia, cuyo disfrute se iniciará durante los cursos 2025-2026 o 2026-2027 y cuyas características se indican a continuación. El número final de Becas de Excelencia concedidas podrá ser superior a 10 en función de la disponibilidad presupuestaria.
La convocatoria para solicitar la beca se abrirá el día 9 de enero de 2025 a las 12:00 horas (CET) y se cerrará el día 20 de febrero de 2025 a las 23:59 horas (CET).
Los requisitos son:
- Nacionalidad. Los solicitantes deberán tener la nacionalidad española.
- Titulación. Los solicitantes deberán tener un título superior expedido por una universidad española o extranjera.
- Idioma. Los solicitantes, de forma inexcusable, deberán acreditar documentalmente un excelente conocimiento escrito y hablado del idioma inglés y, en su caso, del idioma en el que se llevarán a cabo los estudios a realizar.
- Compatibilidad con otras becas o ayudas: el solicitante no podrá ser beneficiario, simultáneamente, de ninguna beca, ingreso o ayuda económica relacionada con el objeto de la beca, pública o privada, presente o futura, de otro organismo o empresa a excepción de las becas otorgadas por el centro o universidad de destino. En este último caso, si el solicitante obtuviera algún tipo de ingreso durante el período de disfrute de la beca, deberá comunicarlo a la FUNDACIÓN con el fin de proceder, en función de la cuantía de la beca otorgada por la FUNDACIÓN, a analizar el ajuste del importe de ésta, evitando así la duplicidad de ingresos con el mismo fin.
Plazo: 20 de febrero