El Ayuntamiento de León tiene como objetivo, dentro del ejercicio de sus competencias, el desarrollo de acciones dirigidas a los jóvenes encaminados a fomentar la información, la formación, la promoción cultural y en general la promoción de procesos de participación social de los mismos.

La Información Juvenil es un recurso fundamental que ayuda a desarrollar un proyecto de vida propio y autónomo y la plena integración de las personas jóvenes. Es un recurso que debe ayudar a tomar decisiones en un momento concreto del ciclo vital de las personas jóvenes garantizando la igualdad de oportunidades para los y las jóvenes a través de la información.

Dentro del Servicio de Información Juvenil (SIJ) están los Centros de Información Juvenil (CIJ) y los Puntos de Información Juvenil (PIJ). Los centros y puntos de información juvenil son los cauces más eficaces para la distribución y difusión de la información personalizada para jóvenes, según sus particularidades y necesidades, y como elementos motivadores para la participación de la juventud en la vida social y cultural de los municipios.

El objetivo de implicar y motivar a jóvenes en la participación supone para la Concejalía de Juventud una de las funciones que desde la Administración Pública con competencias en la materia se debe promocionar. No solo es primordial proporcionar a los jóvenes la información y orientación necesaria en los distintos ámbitos de la sociedad, potenciando su participación y facilitando su inserción social y laboral, sino también en sentido contrario, es decir desde los propios jóvenes a la Administración.

Estas ayudas pretenden servir de apoyo al desarrollo de iniciativas de los servicios de información juvenil, dependientes de entidades privadas reconocidas e integradas en la Red de Información Juvenil de Castilla y León, con sede en el municipio de León.

Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, los solicitantes deberán cumplir en la fecha de presentación de la solicitud los siguientes requisitos:

a) Disponer de Centro o Punto de información juvenil activo integrado en la Red de Información Juvenil de Castilla y León y que se encuentre al día de todas las obligaciones que establece la normativa por la que se crea dicha red.

b) Realizar sus actividades en el ámbito territorial del Municipio de León.

c) Estar inscritas en el Registro de Servicios de Información Juvenil de Castilla y León, conforme lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 11/2002 y del artículo 33.1 del Decreto 117/2003 por el que se regula el Registro de Servicios de Información Juvenil en Castilla y León.

d) Estar registrada en el Censo municipal de la Concejalía de Juventud de Servicios de Información Juvenil en la fecha de publicación de la presente convocatoria y contar como mínimo con un año de antigüedad en el momento de su publicación en el BOP.

e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, AEAT.

f) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de León, no siendo deudora de éste por ningún concepto, quedando automáticamente excluida en caso de no cumplir este requisito.

g) Que se encuentren al corriente de pagos con la Seguridad Social.

h) No hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

i) No estar incursos los administradores o aquellos que ostenten la representación legal de la persona jurídica en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

j) Aquellas entidades beneficiarias que tengan personal contratado, por cualquiera de las modalidades previstas en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

CONVOCATORIA SIJ ANEXOS

Plazo: 15 días hábiles desde su publicación en el Boletín de la Provincia.